Las Oficinas OMIC

                En 1994 el Congreso Nacional sancionó la Ley Nº 24.240, de Defensa del Consumidor. Una de las primeras jurisdicciones que adhirió a la ley fue la Provincia de Buenos Aires a  través del Decreto 1610/97. La provincia descentralizó la aplicación de la norma derivando en los municipios bonaerenses  la aplicación de la misma,  a través de las denominadas  Oficinas Municipales de Información al Consumidor. Para ello, la provincia tomó como ejemplo a España que dispuso que la Ley de Consumo  se aplique en los ayuntamientos a través de las OMIC.

               Las OMIC tienen por finalidad la atención personalizada de consultas,  la recepción y tramitación de denuncias, reclamos y quejas de los consumidores, iniciando procesos de actuación ante las infracciones, no así el sancionatorio, que está reservado a la Autoridad de Aplicación provincial, la Dirección de Comercio Interior.

               Tienen facultades para la resolución de conflictos entre consumidores y empresarios  mediante la conciliación entre las partes, en forma gratuita.

               Ejercen  competencia en la relación de consumo referida a  los bienes y servicios contemplados en  la Ley 24.240, excepto los servicios públicos concesionados o privatizados, ya que para esos servicios  dicha ley se aplica en  forma supletoria.

               Por la proximidad con el consumidor, al encontrarse en el mismo lugar de residencia,  las OMIC pueden constituirse en valiosos instrumentos de información y orientación al consumidor,  recepción de denuncias , resolución de conflictos y de  educación y formación del  consumidor.

               Si bien existen normas que garantizan los derechos de los consumidores, el desconocimiento de las mismas y la ausencia de organismos protectores cercanos a los ciudadanos hacen que tales derechos no puedan ejercerse concretamente. De allí, la importancia atribuible a las OMIC.

               Para que las OMIC funcionen en los diferentes distritos, las autoridades municipales deben firmar un convenio de adhesión con el gobierno provincial. A pesar de que se firmaron más de 100 convenios en la actualidad  se encuentran habilitadas menos  de 30 oficinas.

             Lamentablemente, la falta de decisión política de la mayoría de quienes ejercen la titularidad de los poderes ejecutivos municipales,  ha impedido hasta el presente que la mayoría de los  consumidores bonaerenses dispongan de una importante herramienta para resolver los problemas de consumo.    

              “DEUCO” ha solicitado en distintos municipios la instalación de Oficinas Municipales de Información al Consumidor, en la certeza de que las OMIC pueden cumplir un rol estratégico para la difusión de los derechos del consumidor consagrados en la Constitución Nacional y contribuir a desarrollar el  movimiento de consumidores en todo el territorio bonaerense.

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