12
de agosto de 2004
NUEVAMENTE
SE CONVALIDAN LOS INCUMPLIMIENTOS DE AGUAS ARGENTINAS Y LOS PERJUICIOS A
LOS USUARIOS
Tal como viene
sucediendo desde el comienzo de la concesión del servicio con
la empresa Aguas Argentinas con la firma del Acta Acuerdo celebrada el 11
de mayo ppdo. y aprobada ayer por el Senado, el Estado Nacional convalida una
vez más los incumplimientos
contractuales y la afectación de los intereses de los usuarios.
Se defrauda así
una vez más la expectativa de los usuarios que se generó a partir de las
expresiones del Poder Ejecutivo respecto a las necesarias rectificaciones que
debían producirse con la
concesión de Aguas Argentinas.
Por el
contrario el Acta Acuerdo convalida las distintas modificaciones que se
produjeron del contrato original, los permanentes y graves incumplimientos
contractuales y los perjuicios a los usuarios que motivaron que tanto la UNIREN,
la Comisión de Usuarios del ETOSS y cientos de organizaciones barriales del área
de concesión, hayan considerando que se encuentran dadas las condiciones para
que el Estado rescindiera el contrato con la concesionaria.
Para el dictado del Decreto 735/04 que aprueba el
Acta Acuerdo celebrada por el Estado Nacional con la empresa
concesionaria de agua y cloacas Aguas Argentinas el Poder Ejecutivo ha violado
las normas que el propio Estado se impuso a partir de la sanción de la Ley
25561, de Emergencia Económica, Social y Cambiaria.
Se
ha vulnerado la Ley 25790 que obliga al Poder ejecutivo a presentar ante la
Comisión Bicameral de Seguimiento de las Facultades Delegadas las propuestas de
acuerdos parciales o integrales de renegociación del contrato de concesión a
fin de que la Comisión Bicameral en un plazo de 60 días corridos elabore un
dictamen de carácter vinculante que puede aceptar o rechazar la propuesta del
Poder Ejecutivo.
En
caso de rechazo , tal como lo dice la Ley 25790, el Poder Ejecutivo deberá
reanudar el proceso de renegociación del contrato respectivo.
Sin
respetar lo dispuesto por esta norma , el gobierno nacional ha remitido el
Decreto 735/04 que ratifica el acuerdo celebrado sin la consideración previa
del Congreso de la Nación.
Así lo
reconocen todos los dictámenes de la Comisión de Seguimiento de las Facultades
Delegadas y expresamente el dictamen de la mayoría compuesta por los seis
legisladores del Partido Justicialista expresa que el Poder Ejecutivo no ha
observado el cumplimiento del artículo 4 de la Ley 25790.
La senadora
Cristina Fernández de Kirchner lo reconocía ayer en la sesión del Senado que
aprobó el Acta Acuerdo , al contestar la alocución de la senadora Mabel
Muller, cuando expresó que de
ahora en más el Poder Ejecutivo enviaría al Parlamento los proyectos de
acuerdos.
Asimismo
se ha incumplido el procedimiento previsto en el Decreto 311/03 y en la Resolución
Conjunta de los Ministerios de Economía y de Planificación Federal 188 y 44/03
que dispusieron que los proyectos de acuerdos parciales o integrales de
renegociación del contrato de concesión deberán ser sometidos al
procedimiento de Documento de Consulta Pública en forma previa a que sean
remitidos a la Procuración del Tesoro de la Nación y de la Sindicatura General
de la Nación.
De
este modo se ha obviado una vez más la participación y la consulta a los
usuarios tal como lo establece además la Constitución Nacional.
En
los antecedentes del Acta Acuerdo la UNIREN manifiesta que la consulta se habría
completado con la realización del procedimiento de consulta realizado en
noviembre/diciembre de 2002 por el ETOSS.
Dicho
razonamiento es malicioso por cuanto el objeto de dicha consulta era el de
analizar la propuesta presentada por Aguas Argentinas al Estado Nacional para la renegociación del contrato y en el presente se trata
de considerar el Acuerdo parcial celebrado entre las partes.
La
Audiencia Pública que debió realizarse debía considerar la aprobación o
rechazo del Acta Acuerdo firmado el 11 de mayo de 2004.
Para
la firma del Acta Acuerdo han sido vulnerados el Decreto 1090/02 y la Resolución
308/02 que dispusieron que no se renegociaría con las empresas concesionarias
de servicios públicos que mantengan juicios contra el Estado nacional ante
tribunales nacionales y/o internacionales por las medidas dispuestas por la ley
de emergencia económica y social.
Por el contrario Aguas Argentinas tan sólo suspende las
acciones iniciadas ante el CIADI para el corriente año 2004, período de
vigencia del Acta Acuerdo.
La
Procuración del Tesoro de la Nación, en el dictamen realizado sobre el Acta
Acuerdo, expresa que esta medida no tiene efecto alguno – resulta neutra –
por cuanto las acciones ante el CIADI presentadas por Aguas Argentinas no tienen
tratamiento durante el presente año; se reinician a mediados del año 2005.
El
Poder Ejecutivo tiene respecto a Aguas Argentinas un trato diferencial que lo
favorece respecto a otras concesionarias.
En
efecto, la UNIREN acaba de firmar con la empresa ferroviaria Ferrosur S.A. una
Carta de Entendimiento en el proceso de renegociación del contrato en la cual
en el punto 19º se establece como condición previa para la entrada en vigencia
del Acta Acuerdo de Renegociación Integral el Concesionario renunciará
expresamente a efectuar cualquier tipo de presentación, reclamo o demanda
fundado en la situación de emergencia establecida por la Ley 25561 sobre el
contrato, tanto en sede administrativa, arbitral o judicial de nuestro país o
del exterior, comprometiéndose a obtener similar renuncia por parte de sus
accionistas, como también a evitar y desactivar cualquier presentación,
reclamo o demanda que pudieran formular cualquiera de sus accionistas.
En
el Acta Acuerdo transitoria, previa a la renegociación integral del contrato,
no se exige a Aguas Argentinas que
exprese su renuncia a cualquier tipo de presentación judicial como sí
se ha requerido de Ferrosur S.A.
Refiriéndonos
ya a lo que establece el Acta
Acuerdo cabe expresar que ésta prevé la realización de inversiones durante el
presente año por un monto de 242 millones de pesos, de los cuales 137 millones
son aportados por Aguas Argentinas y 105 millones los aportan los
usuarios a través de un fondo fiduciario creado al efecto.
El
Acta Acuerdo que acaba de ratificar por decreto el Poder Ejecutivo no considera
ni tiene en cuenta el compromiso asumido por el
Acta Acuerdo del 9 de enero de 2001,
por el cual la concesionaria debió invertir entre los años 2001 y 2003
más de 500 millones de pesos para la realización de
obras de expansión de agua para 325 mil usuarios y de
cloacas para 503 mil nuevos usuarios y no lo hizo.
Una
vez más, como durante la gestión de María Julia Alsogaray, se hace borrón y
cuenta nueva sobre los incumplimientos de Aguas Argentinas y quedan sin
realizarse inversiones millonarias que se comprometieron casualmente en otro
Acta Acuerdo como el presente .
El
Estado nacional vuelve a renegociar el contrato de concesión en forma parcial y
transitoria con una empresa que desde el año 2000 no tiene constituída y
aceptada las garantías del contrato. Este incumplimiento es causal de rescisión
de contrato tal como lo establece el contrato de concesión.
En
el Acta Acuerdo no se contemplan las
deudas que Aguas Argentinas mantiene con millones de usuarios por incumplimiento
de la Resolución Nº 29 de 1999 ( presiones de agua ) y de la Resolución Nº
66 de 1995 ( incumplimiento de la concesionaria de informar a los usuarios no
residenciales de solicitar servicio medido ) .
Por
el incumplimiento de ambas resoluciones que datan de muchos años atrás y según
el ETOSS, la concesionaria adeuda 400 millones de pesos a los usuarios que no
reciben una adecuada presión de agua y 800 millones de pesos a los usuarios no
residenciales a los cuales la empresa debió informarle sobre la opción del
servicio medido y no lo hizo.
Estas
deudas no han sido pagadas hasta la fecha por
Aguas Argentinas y no son contempladas en el Acta Acuerdo . .
Paradójicamente
el Acta Acuerdo que no resuelve el pago de la deuda de Aguas Argentinas con los
usuarios, establece un plazo de 30 días para que se
concilie y defina la deuda que el
Estado Nacional mantiene con la empresa por el pago de servicios a los
organismos públicos.
El
Acta Acuerdo vuelve a comprometer al Estado nacional en el pago de una deuda que
Aguas Argentinas mantiene con el Banco Interamericano de Desarrollo ( BID ) por un monto original de 290 millones de pesos
y que la concesionaria no paga desde fines del año 2001. El Acta
expresamente dice que el pago de dicha deuda seguirá a cargo del Estado
nacional.
Se
vuelve a aplicar un mecanismo de suspensión del pago de las multas millonarias
que el ETOSS le aplicó a Aguas Argentinas por graves incumplimientos, como los
cortes de agua producidos en los primeros meses del presente año 2004 que
afectaron a 6 millones de usuarios.
Por
el Acta Acuerdo se establece que de los fondos que aportan los usuarios – 105
millones de pesos – se destinen 4 millones para la compra de bombas depresoras
de las napas freáticas que debieran comprarse con fondos de la empresa y no de
los usuarios ya que la responsabilidad del ascenso de las napas le corresponde a
la empresa Aguas Argentinas que no realizó las obras de cloacas necesarias para
paliar tal fenómeno.
El
Poder Ejecutivo no ha investigado suficientemente el origen de la deuda de 700
millones de dólares que Aguas Argentinas mantiene con acreedores extranjeros ni
siquiera ha pedido en el Acta Acuerdo la recomposición de la misma en forma
urgente.
En
el Acta Acuerdo el Estado Nacional se ha limitado a solicitar
que la empresa deberá hacer los mejores esfuerzos para recomponerla .
Por lo expuesto , las organizaciones de usuarios rechazamos el Acta Acuerdo celebrada entre el Poder Ejecutivo y la empresa Aguas Argentinas y consideramos que se han dado las condiciones para la rescisión del contrato con dicha empresa, tal como lo han manifestado la Comisión de Usuarios del ETOSS y más de un centenar de organizaciones sociales y vecinales de los 17 distritos del área de concesión.
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